Régimen de Confianza puede retener doble ISR a personas en Uber, Rappi, Mercado Libre o Airbnb

La Miscelánea Fiscal 2022 debe precisar si el nuevo esquema será compatible con las tasas del Régimen de Plataformas Digitales.

La Miscelánea Fiscal 2022 que plantea la creación del Régimen Simplificado de Confianza debe precisar si el nuevo esquema será compatible con las tasas del Régimen de Plataformas Digitales.
15 de septiembre, 2021 | 05:05 AM

Ciudad de México — El Régimen Simplificado de Confianza puede ocasionar una doble retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las personas físicas con actividad empresarial que quieran migrar del Régimen de Plataformas Digitales al nuevo esquema, así como a aquellas personas que estén por unirse a plataformas como Uber, Rappi, Mercado Libre o Airbnb para obtener ingresos.

Si hoy una persona quiere iniciar un negocio a través de un intermediario, como Mercado Libre o Amazon, se convierte en una persona física con actividad empresarial en el Régimen de Plataformas Digitales, pero con la llegada del Régimen de Confianza, esa persona podría ubicarse en ese nuevo esquema en 2022.

El problema: Una persona podría estar pagando más impuesto del que le corresponde, porque pagaría el ISR del nuevo régimen, más el impuesto que por Ley ya retienen las plataformas tecnológicas.

Ver más: ¿Qué es el Régimen de Confianza del SAT y a quién está dirigido?

PUBLICIDAD

Lo que plantea la Miscelánea Fiscal 2022: Una reforma a la Ley del ISR para crear el Régimen Simplificado de Confianza y sustituir el Régimen de Incorporación Fiscal conocido como RIF, creado en el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto.

De acuerdo con la propuesta, en principio, todas las personas físicas con actividad empresarial, incluidas las que estén en el Régimen de Plataformas Digitales, pueden optar por el Régimen de Confianza, sin embargo, las tasas en ambos regímenes son incompatibles en las retenciones de ISR, lo que causaría una doble tributación.

Es decir, el problema surge porque la propuesta no prohíbe de forma explícita que las personas físicas que tributan en plataformas digitales puedan estar en el nuevo esquema de confianza.

PUBLICIDAD

Asimismo, la iniciativa no precisa si los contribuyentes que están en plataformas tecnológicas podrán acreditar el impuesto retenido en el nuevo régimen, o bien, si las personas físicas que están en plataformas tecnológicas no podrán acceder el nuevo esquema de confianza.

Ver más: Régimen de Confianza apunta a los pequeños factureros e informales, dice la jefa del SAT

Gustavo Leal Cueva, director ejecutivo de Fiscalia, aseguró que el Régimen de Confianza es muy atractivo y cumple con la demanda de hacer más fácil la tributación, no obstante, durante la discusión de la reforma en el Congreso, los legisladores deberán aclarar las retenciones de ISR para no generar incertidumbre entre los contribuyentes.

“A nadie que esté en plataformas digitales o que vaya a estar le va a convenir estar en el régimen nuevo, ese es el problema”, apuntó. “La pregunta que se deberá precisar durante la discusión legislativa debe ser ¿cómo van a funcionar las retenciones? El régimen de digitales puede seguir como está, nada más se tendría que ajustar la tasa”.

Luis Pérez de Acha, socio fundador y director del despacho Pérez de Acha e Ibarra de Rueda, calificó el Régimen de Confianza como un esquema audaz y una “ganga” (oferta) para que los contribuyentes se animen a pagar impuestos, sin embargo, consideró que sí podría haber dudas en cuanto a las posibles contradicciones con el régimen de plataformas digitales.

“Anticipo que sí va a haber impactos por este tipo de comentarios. También se habla de un régimen transitorio ante la sustitución del RIF, en esa parte falta meterle mucha pluma porque hay mucha incertidumbre. Lo que dice la reforma es que el Régimen de Confianza es opcional y por lo tanto si la persona se quieres quedar en el régimen particular de plataformas digitales es su opción”.

Caso práctico

A partir del 1 de junio de 2020, las plataformas tecnológicas nacionales o extranjeras que presten servicios digitales de intermediación tienen la obligación de retener tanto el ISR como el IVA a las personas físicas que enajenen bienes o presten servicios, incluidos los de hospedaje, así como enterar estas retenciones al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Hoy las plataformas están obligadas a retener un impuesto dependiendo del sector, es decir, si es transporte, hospedaje o enajenación de bienes y prestación de servicios.

La retención se mantiene y no hay un cambio de tasas propuesto para 2022, no obstante, ante el Régimen de Confianza que plantea un impuesto máximo del 2.5% para ingresos de hasta 3.5 millones de pesos de ingresos anuales, surge la duda sobre si el nuevo régimen permitirá el acreditamiento de las retenciones de las plataformas digitales.

PUBLICIDAD

Ver más: Empleo formal en México registra agosto récord; todavía no retoma nivel prepandemia

Un ejemplo: Una persona opera a través de Airbnb, que le retiene 4% de ISR sobre el total de los ingresos. Tras la llegada del Régimen de Confianza, decide entrar al nuevo esquema simplificado por lo atractivo de sus tasas. La persona en el nuevo régimen pagaría hasta un 2.5% de impuesto sobre los ingresos.

Lo que implicaría que, en total, estaría pagando un ISR de 6.5% porque lo que Airbnb retuvo no se podría aplicar contra el cálculo del impuesto en el Régimen de Confianza, debido a que no está previsto ese escenario en la Miscelánea Fiscal 2022.

“Hay una incompatibilidad en las tasas. Esto se tendría que solucionar homologando las tasas que se retienen en ambos regímenes y que en el Régimen de Confianza se permita el acreditamiento de la retención que se haga en plataformas digitales. Otro escenario posible es que el SAT diga que los de plataformas digitales no puedan tributar en el de confianza”, dijo Gustavo Leal Cueva.